A continuacion dejaremos todos los datos del Ministerio de Trabajo dados por la pagina oficial del gobierno y que denuncias recibe frecuentemente
http://www.trabajo.gov.ar/institucional/
En los ultimos dias, se dio a conocer en un periodico una denuncia recibida en
el ministerio de trabajo, a continuacion el link del diario; http://www.semanariouniversidad.ucr.cr/component/content/article/4313-Hoy%20en%20la%20U/12117-ministerio-de-trabajo-recibe-155-denuncias-por-falta-de-pago-de-aguinaldos.html denuncia
ministerio de trabajo
En los ultimos dias, se dio a conocer en un periodico una denuncia recibida en el ministerio de trabajo, a continuacion el link del diario; http://www.semanariouniversidad.ucr.cr/component/content/article/4313-Hoy%20en%20la%20U/12117-ministerio-de-trabajo-recibe-155-denuncias-por-falta-de-pago-de-aguinaldos.html denuncia ministerio de trabajo
¿QUE ES UN SECLO?
La ley
N° 24.635 creó el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) en la
órbita del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Ante este
organismo, de instancia administrativa, se dirimen con carácter obligatorio y
previo al inicio de la demanda judicial, todos los reclamos individuales y
pluriindividuales que versen sobre conflictos de derecho correspondientes a la
competencia de la Justicia Nacional del Trabajo. Esta instancia es de carácter
gratuita para el trabajador y sus derecho-habientes y de bajo costo para el
empleador.
El 1° de septiembre de 1997 se pone en funcionamiento la conciliación laboral
obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de
las Resoluciones Conjuntas MTSS N° 444/97 y MJ N° 51/97 de fecha 23 de Abril de
1997. Los servicios esenciales que brinda a sus usuarios (trabajadores,
empleadores, conciliadores laborales, asistentes legales y organismos
estatales) son:
1) Servicio de Instancia Obligatoria de Conciliación Laboral.
2) Servicio de Revisión y Homologación de Acuerdos Espontáneos
entre Partes.
3) Servicio de Revisión de Trámites y Homologación de Acuerdos
pactados en audiencias de Servicios de Conciliación Laboral Optativa.
4) Servicio de Consulta y/o Información sobre Trámites.
El 1° de septiembre de 1997 se pone en funcionamiento la conciliación laboral obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de las Resoluciones Conjuntas MTSS N° 444/97 y MJ N° 51/97 de fecha 23 de Abril de 1997. Los servicios esenciales que brinda a sus usuarios (trabajadores, empleadores, conciliadores laborales, asistentes legales y organismos estatales) son:
1) Servicio de Instancia Obligatoria de Conciliación Laboral.
2) Servicio de Revisión y Homologación de Acuerdos Espontáneos entre Partes.
3) Servicio de Revisión de Trámites y Homologación de Acuerdos pactados en audiencias de Servicios de Conciliación Laboral Optativa.
4) Servicio de Consulta y/o Información sobre Trámites.
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